La viabilidad técnica es un requisito establecido en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en su Art. – 18 literal m, donde menciona que la Autoridad Única del Agua, deberá: “Emitir informe técnico de viabilidad para la ejecución de los proyectos de agua potable, saneamiento, riego y drenaje”. |